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¿Cuáles son las obligaciones del consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella con los empleados de Punta Catalina?

Santo Domingo
El cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones laborales relacionadas con el personal contratado para trabajar en la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) es responsabilidad exclusiva
del Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella, así lo establece el contrato suscrito entre la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) y el consorcio.

“El Contratista acepta que las relaciones laborales con el personal que contrate para cumplir con las obligaciones de este Contrato, serán de su exclusiva responsabilidad, y garantiza el cumplimiento de las mismas”, establece el documento disponible en la página web de la CTPC.

El contrato indica además que la CDEEE no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con el personal del contratista o sus subcontratistas y/o proveedores.

El contratista mantendrá a la corporación y a la empresa  “libre e indemne frente a cualquier reclamación y responsabilidad penal, civil, laboral, de seguridad social, patronal, fiscal o de cualquier naturaleza, directa o indirecta, que pudiese surgir (…)”, precisa el documento del 2014.

El consorcio también tiene la responsabilidad de resarcir a la CDEEE o a las empresas que representa los gastos y montos, penalidades, multas, etc. que le hayan sido impuestas a causa de reclamaciones o demandas de naturaleza laboral incoadas por trabajadores o empleados del contratista, o de sus subcontratistas y/o proveedores.

Hoy se han producido intensas protestas por parte de los trabajadores en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, ubicada en la provincia Peravia.

La manifestación de los obreros se produce un día después de que el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella les informara que no podrá otorgarles beneficios debido a que el año pasado (2018) obtuvo pérdidas.

 por Lilian Tejeda
fuente: listindiario.com

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